JUZGADO MILITAR POLICIAL DE HUANCAYO DISPUSO PRISIÓN PREVENTIVA A 4 EFECTIVOS POLICIALES QUE INCUMPLIERON FUNCIONES DE SEGURIDAD Y CONTROL DURANTE ELECCIONES

El Juzgado Militar Policial N°16 con sede en Huancayo, a cargo del Teniente Coronel SJE Juan Vera Barnuevo, declaró fundado el pedido de prision preventiva por el plazo de 4 meses en contra del Suboficial de 2da PNP Gustavo Percy Espinoza Crisóstomo, Suboficial de 2da PNP Miguel Edson Arapa Goyzueta, Suboficial de 3ra PNP Rolando Cartagena Pari y Suboficial de 3ra PNP Antony Jafet Villamares Tambo, por los presuntos delitos de Violación de Consigna y Desobediencia.

El Fiscal Militar Policial Adjunto Capitán SJE Rudy Barja Daga, sustento su pedido en los hechos ocurridos el 05 de junio del 2021 en la provincia de Jauja, cuando los efectivos policiales procesados, que deberían realizar el servicio de seguridad interna y externa de la «Institución Educativa CAMILO MAYTA» asignado como local de votación en el distrito de Parco, se apartaron de sus funciones y se dedicaron al consumo de bebidas alcohólicas, en pleno día de los comicios electorales.

DELITO DE VIOLACIÓN DE CONSIGNA

(Artículo 99° del Código penal Militar Policial)

 «El militar o el policía que cumpliendo funciones de centinela o vigía, o designado para cubrir algún servicio de seguridad, viola sus obligaciones o la consigna recibida, o se embriaga durante el servicio, siempre que atente contra el servicio, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años y sesenta a noventa días multa».

DELITO DE DESOBEDIENCIA

(Artículo 117° del Código Penal Militar Policial)

 «El militar o policía que omite intencionalmente las disposiciones contenidas en las leyes, reglamentos o cualquier otro documento que norma las funciones de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional, siempre que atente contra el servicio, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cinco años».