MTC PRECISA EL PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE CONCESIÓN EN TELECOMUNICACIONES

Respecto al otorgamiento de concesiones en telecomunicaciones, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informa a la ciudadanía lo siguiente:

  1. Mediante la concesión única en telecomunicaciones, el MTC otorga a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos en telecomunicaciones, entre ellos: telefonía fija, distribución de radiodifusión por cable y portador local conmutado (Internet).
  2. El MTC es respetuoso del cumplimiento de las normas que regulan y otorgan las concesiones únicas en telecomunicaciones en el país, previo cumplimiento de requisitos legales y técnicos establecidos en el artículo 144 del Reglamento General del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones y el TUPA del MTC.
  3. Así, el solicitante de una concesión única debe tener un capital social suscrito no menor a 10 UIT (al año 2021, lo que equivale a S/ 44 000). Además, tiene que presentar un perfil del proyecto técnico para prestar el servicio solicitado, y proyectar la inversión prevista para los primeros 5 años, así como el monto de la inversión inicial a ser ejecutado durante su primer año.
  4. A la fecha, el MTC ha otorgado más de 780 concesiones únicas para diversos servicios de telecomunicaciones, previa verificación del cumplimiento de los requisitos legales y técnicos. Como parte de la política de transparencia del sector, existe el Directorio de concesionarios públicos en telecomunicaciones, información que es de acceso público y se actualiza constantemente. El mismo que puede verse a través del siguiente enlace: https://www.gob.pe/institucion/mtc/informes-publicaciones/322450-directorio-de-concesionarios-publicos).
  5. En el caso particular de la concesión única otorgada a la empresa Fiber Conexión S.A.C. a través de la Resolución Ministerial 768-2021-MTC/01.03 del 4 de agosto de 2021, fue dada cumpliendo la evaluación de solicitudes de este tipo, dentro del plazo de 50 días hábiles y habiéndose verificado previamente el cumplimiento de los requisitos respectivos.
  6. El servicio que prestará esta empresa es de portador local conmutado (Internet) y no involucra asignación de espectro radioeléctrico. Dicho servicio será realizado en condiciones de libre competencia con otros concesionarios. Asimismo, de involucrar el acceso al espectro radioeléctrico de uso exclusivo, la concesión única debe otorgarse previo concurso público de acuerdo a la ley y al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias.
  7. El MTC reitera su compromiso con el país de seguir trabajando en estricto cumplimiento a las normas vigentes, verificando que los solicitantes cumplan con todos los requisitos previstos para el otorgamiento de concesiones únicas de servicios públicos de telecomunicaciones.